
La Comisión Europea también ha pedido a Austria, Bélgica, Bulgaria, Chequia, Chipre, Eslovenia, España, Estonia, Grecia, España, Finlandia, Francia, Croacia, Irlanda, Italia, Lituania, Luxemburgo, Letonia, Polonia, Portugal, Rumanía y Eslovaquia que le comuniquen información sobre cómo se incorpora a su legislación nacional la Directiva (UE) 2019/789 sobre programas de radio y televisión en línea.
Dado que los Estados miembros mencionados anteriormente no han comunicado las medidas nacionales de transposición o lo han hecho solo parcialmente, la Comisión ha decidido hoy incoar procedimientos de infracción mediante el envío de cartas de emplazamiento.
Ambas Directivas tienen por objeto modernizar las normas de la UE en materia de derechos de autor y permitir que los consumidores y los creadores aprovechen al máximo el mundo digital. Refuerzan la posición de las industrias creativas, permiten más usos digitales en ámbitos fundamentales de la sociedad y facilitan la distribución de programas de radio y televisión en toda la UE.
La fecha límite para la transposición de estas Directivas a la legislación nacional era el 7 de junio de 2021. Estos Estados miembros disponen ahora de dos meses para responder a las cartas y adoptar las medidas necesarias. A falta de una respuesta satisfactoria, la Comisión puede decidir emitir dictámenes motivados.