Las condiciones relativas al uso del espectro radioeléctrico y los procedimientos de concesión, prórroga, renovación o revocación de esos derechos están sujetos a las normas de la UE en materia de telecomunicaciones, establecidas en el Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas [Directiva (UE) 2018/1972]. Los elementos clave de estas normas son los principios de proporcionalidad y no discriminación. La Comisión considera que la decisión del Consejo Nacional de Medios de Comunicación húngaro de no renovar los derechos de Klubradio fue desproporcionada y no transparente, por lo que vulneró el Derecho de la Unión. Asimismo, considera que, en este caso, la ley nacional húngara sobre medios de comunicación se ha aplicado de manera discriminatoria. La Comisión incoó el procedimiento de infracción enviando una carta de emplazamiento el 9 de junio de 2021 a las autoridades húngaras; la respuesta enviada por estas no satisfizo las preocupaciones planteadas por la Comisión. Si Hungría no adapta su decisión a las normas de la UE en materia de telecomunicaciones en el plazo de 2 meses, la Comisión podría optar por remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.