Las condiciones asociadas al uso del espectro radioeléctrico y los procedimientos para conceder, prorrogar, renovar o revocar esos derechos están sujetos a las normas de la UE en materia de comunicaciones electrónicas, establecidas en el Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas (Directiva (UE) 2018/1972). Con arreglo a las normas de comunicación electrónica de la UE, los derechos de uso de radiofrecuencias deben asignarse sobre la base de criterios objetivos, transparentes, no discriminatorios y proporcionados.