Tras la interrupción de CrowdTangle el 14 de agosto de 2024, la Comisión solicita a Meta que facilite más información sobre las medidas que ha adoptado para cumplir sus obligaciones de dar a los investigadores acceso a datos de acceso público en la interfaz en línea de Facebook e Instagram, tal como exige la Ley de Servicios Digitales, y sobre sus planes para actualizar sus funcionalidades de seguimiento de las elecciones y el discurso cívico. En concreto, la Comisión solicita información sobre la biblioteca de contenidos y la interfaz de programación de aplicaciones (API) de Meta, incluidos sus criterios de admisibilidad, el proceso de solicitud, los datos a los que se puede acceder y las funcionalidades.
El 30 de abril de 2024, la Comisión incoó un procedimiento formal contra Meta en virtud de la Ley de Servicios Digitales, que está en curso. Una de las quejas se centró en la indisponibilidad de un discurso cívico efectivo de terceros en tiempo real y una herramienta de seguimiento electoral antes de las elecciones al Parlamento Europeo y las elecciones nacionales, así como en las deficiencias en la provisión de acceso de los investigadores a los datos disponibles públicamente por parte de Meta. Para aliviar las preocupaciones de la Comisión con vistas a las elecciones al Parlamento Europeo, a finales de mayo Meta desplegó nuevas funcionalidades en CrowdTangle, en particular veintisiete nuevos paneles visuales públicos en tiempo real, uno para cada Estado miembro, para permitir el discurso cívico de terceros en tiempo real y el seguimiento de las elecciones. Estas funcionalidades han sido descontinuadas.
Meta debe proporcionar la información solicitada a más tardar el 6 de septiembre de 2024. Sobre la base de la evaluación de las respuestas, la Comisión determinará los próximos pasos, que podrían incluir medidas provisionales y decisiones de incumplimiento. La Comisión también puede aceptar los compromisos asumidos por Meta para remediar las cuestiones planteadas en el procedimiento. De conformidad con el artículo 74, apartado 2, de la Ley de Servicios Digitales, la Comisión puede imponer multas por información incorrecta, incompleta o engañosa en respuesta a una solicitud de información. En caso de falta de respuesta, la Comisión podrá presentar una solicitud formal mediante decisión. En este caso, la falta de respuesta dentro del plazo podría dar lugar a la imposición de multas coercitivas.
Más información:
- Paquete sobre la Ley de Servicios Digitales
- Ley de Servicios Digitales: Plataformas en línea y motores de búsqueda de muy gran tamaño
- Supervisión de las plataformas en línea y los motores de búsqueda de muy gran tamaño designados en virtud de la Ley de Servicios Digitales
- El marco de aplicación en virtud de la Ley de Servicios Digitales