En virtud de la Ley de Servicios Digitales, los auditores independientes deben evaluar, al menos una vez al año, el cumplimiento de todas las obligaciones de la Ley de Servicios Digitales por parte de las plataformas en línea y los motores de búsqueda de muy gran tamaño. Los informes de auditoría deben presentar una opinión clara sobre la conformidad del servicio auditado con la Ley de Servicios Digitales.
Tal como exige la Ley de Servicios Digitales, el Reglamento Delegado establece los pasos que deben aplicar los servicios designados para verificar las capacidades y la independencia de su auditor. También establece los principios fundamentales que los auditores deben aplicar al realizar auditorías de la Ley de Servicios Digitales.
Los auditores utilizarán plantillas para elaborar las auditorías independientes, mientras que las plataformas en línea de muy gran tamaño y los motores de búsqueda utilizarán plantillas para elaborar sus informes de ejecución. Las plantillas obligatorias garantizarán la comparabilidad entre los informes de los distintos servicios.
Las auditorías representan una importante herramienta de rendición de cuentas y forman parte de los diversos requisitos de transparencia de la Ley de Servicios Digitales. Los 19 servicios designados en abril de 2023 deben ser objeto de una primera auditoría a más tardar 16 meses después de su designación, por ejemplo, finales de agosto de 2024. Deberán transmitir el informe de auditoría a la Comisión y a la autoridad competente de su Estado miembro de establecimiento, así como publicarlos a más tardar en un plazo de tres meses a partir del momento en que completen el informe de ejecución de la auditoría.
La Comisión transmitió el Reglamento Delegado al Parlamento Europeo y al Consejo. Las normas deben aplicarse en un plazo de tres meses si las demás instituciones no formulan objeciones.