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Configurar el futuro digital de Europa

Firmas electrónicas - Directiva sobre la firma electrónica

La Directiva sobre la firma electrónica estableció el marco jurídico a escala europea para la firma electrónica y los servicios de certificación.

Un sistema fiable de firmas electrónicas que funcione en todos los países de la UE es vital para un comercio electrónico seguro y una prestación electrónica eficiente de servicios públicos a las empresas y los ciudadanos.

La Directiva sobre la firma electrónica estableció el marco jurídico a escala europea para la firma electrónica y los servicios de certificación. El objetivo es facilitar el uso de las firmas electrónicas y ayudarlas a ser reconocidas legalmente en los países de la UE. La Directiva no favorece ninguna tecnología específica.

Sin embargo, para garantizar la seguridad y la validez jurídica de una transacción electrónica en escenarios transfronterizos es la misma que a nivel nacional, la firma electrónica era ciertamente importante, pero no suficiente.

Otros servicios de confianza se utilizan junto con la firma electrónica para garantizar la validez, entre ellos:

  • sello de tiempo: la fecha y hora de un documento electrónico que demuestre que el documento existía en un momento dado y que no ha cambiado desde entonces;
  • sello electrónico: el equivalente electrónico de un sello o sello que se aplica en un documento para garantizar su origen e integridad;
  • entrega electrónica: un servicio que, en cierta medida, es el equivalente en el mundo digital del correo certificado en el mundo físico
  • admisibilidad legal de los documentos electrónicos para garantizar su autenticidad e integridad
  • autenticación del sitio web: información de confianza en un sitio web (por ejemplo, un certificado) que permita a los usuarios verificar la autenticidad del sitio web y su enlace a la entidad o persona propietaria del sitio web

Sin certeza sobre la validez legal de todos estos servicios relacionados, las empresas y los ciudadanos seguirán siendo reacios a utilizar las interacciones digitales como su forma natural de interacción porque no estarán seguros de la cuestión de una posible disputa.

Esta es la intención del Reglamento eIDAS relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior. Las disposiciones aplicables a los servicios de confianza establecidas por el Reglamento eIDAS se aplican directamente en los veintisiete países de la UE.

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