El Comité Europeo de Servicios Digitales es un grupo consultivo independiente creado por la Ley de Servicios Digitales, con efecto a partir del 17 de febrero de 2024.
La Junta Europea de Servicios Digitales (en lo sucesivo, «la Junta») está compuesta por los coordinadores de servicios digitales de los Estados miembros y presidida por la Comisión Europea.
Como presidente del Comité, la Comisión Europea convoca las reuniones y prepara el orden del día. Además, la Comisión Europea presta apoyo administrativo y analítico a las actividades de la Junta. A través de la Junta, la Comisión Europea y los coordinadores de servicios digitales cooperan como un equipo cohesionado, adoptando un enfoque europeo para la aplicación de la Ley de Servicios Digitales.
El Comité es una piedra angular para la aplicación coherente de la Ley de Servicios Digitales en la Unión Europea, en beneficio de todos los ciudadanos europeos, así como de su sociedad y economía. La cooperación y la coordinación estrechas y fiables, teniendo en cuenta los efectos específicos de los servicios intermediarios en los distintos Estados miembros, son indispensables para una aplicación eficaz y coherente de la Ley de Servicios Digitales en toda la Unión Europea.
A tal fin, la Junta asesora a los coordinadores de servicios digitales y a la Comisión Europea, de conformidad con la Ley de Servicios Digitales, para alcanzar los siguientes objetivos:
- contribuir a la aplicación coherente de la Ley de Servicios Digitales y a la cooperación efectiva de los coordinadores de servicios digitales y de la Comisión Europea en lo que respecta a los asuntos cubiertos por la Ley de Servicios Digitales;
- coordinar y contribuir a las directrices y análisis de la Comisión Europea y los coordinadores de servicios digitales y otras autoridades competentes sobre cuestiones emergentes en todo el mercado interior con respecto a las cuestiones cubiertas por la Ley de Servicios Digitales; y
- asistir a los coordinadores de servicios digitales y a la Comisión Europea en la supervisión de las plataformas en línea de muy gran tamaño y los motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño.
Grupos de trabajo
Ensu quinta reunión, celebrada el 20 de junio de 2024, la Junta estableció ocho grupos de trabajo que asisten a la Junta e informan al respecto.
Reuniones de la Junta de DSA
Las reuniones del consejo de administración de la Ley de Servicios Digitales se celebran periódicamente de conformidad con el Reglamento interno y ladeclaración demisión.
La Junta ha adoptado un plan de trabajo anual para el período comprendido entre septiembre de 2024 y agosto de 2025.
A continuación puede descargar en formato PDF la Agenda, la lista de asistencia y las Actas de cada reunión de la Junta Directiva de la DSA.
Primera reunión del Consejo de Administración de la Ley de Servicios Digitales, celebrada el 19 de febrero
Segunda reunión del Consejo de Administración de la Ley de Servicios Digitales, celebrada el 15 de marzo
Tercera reunión del Consejo de Administración de la Ley de Servicios Digitales, celebrada el 25 de abril
Cuarta reunión del Consejo de Administración de la Ley de Servicios Digitales, celebrada el 28 de mayo
Quinta reunión del Consejo de Administración de la Ley de Servicios Digitales, celebrada el 20 de junio
Sexta reunión del Consejo de Administración de la Ley de Servicios Digitales, celebrada el 12 de julio
Reunión ad hoc del Consejo de Administración de la Ley de Servicios Digitales celebrada el 9 de agosto
Séptima reunión del Consejo de Administración de la Ley de Servicios Digitales, celebrada el 25 de septiembre
Octava reunión del Consejo de Administración de la Ley de Servicios Digitales, celebrada el 25 de octubre
Contenidos relacionados
Visión general
La Ley de Servicios Digitales y la Ley de Mercados Digitales tienen por objeto crear un espacio digital más seguro en el que se protejan los derechos fundamentales de los usuarios y establecer unas condiciones de competencia equitativas para las empresas.
En detalle
El Consejo Europeo de Servicios Digitales ha creado ocho grupos de trabajo, cada uno dedicado a un aspecto específico de la Ley de Servicios Digitales, para apoyar la misión del Consejo.
Véase también
La herramienta de denuncia de irregularidades DSA (Ley de Servicios Digitales) permite a los empleados y otras personas con información privilegiada denunciar prácticas nocivas de plataformas en línea y motores de búsqueda de muy gran tamaño (VLOP / VLOSE)
Los coordinadores de servicios digitales ayudan a la Comisión a supervisar y hacer cumplir las obligaciones establecidas en la Ley de Servicios Digitales.
La Ley de Servicios Digitales detalla una serie de acciones para promover la transparencia y la rendición de cuentas de los servicios en línea, sin obstaculizar la innovación y la competitividad.
Esta página ofrece una visión general de las plataformas en línea de muy gran tamaño (VLOP) y los motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño (VLOSE) designados supervisados por la Comisión, así como de las principales actividades de aplicación.
Desde agosto de 2023, las plataformas ya han comenzado a cambiar sus sistemas e interfaces de conformidad con la Ley de Servicios Digitales (Ley de Servicios Digitales) para proporcionar una experiencia en línea más segura para todos.
La aplicación de la Ley de Servicios Digitales incluye un conjunto completo de medidas de investigación y sanción que pueden adoptar las autoridades nacionales y la Comisión.
La Ley de Servicios Digitales proporciona un marco para la cooperación entre la Comisión, la UE y las autoridades nacionales a fin de garantizar que las plataformas cumplan sus obligaciones.
Las plataformas en línea y los motores de búsqueda de muy gran tamaño son aquellos con más de 45 millones de usuarios en la UE. Deben cumplir con las normas más estrictas de la DSA.
Descubra cómo la Ley de Servicios Digitales puede hacer que el mundo en línea sea más seguro y proteger sus derechos fundamentales.