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Configurar el futuro digital de Europa

Cómo la Ley de Servicios Digitales mejora la transparencia en línea

La Ley de Servicios Digitales (DSA) detalla una serie de acciones para promover la transparencia y la rendición de cuentas de los servicios en línea, sin obstaculizar la innovación y la competitividad.

    logotipo para DSA
La descripción que figura a continuación ofrece una visión general de las acciones de transparencia vinculadas a la ESD. No sustituye ni afecta a las disposiciones reales de la DSA, ni debe entenderse como una interpretación de dichas disposiciones. Los servicios de la Comisión prepararon la descripción que figura a continuación únicamente con fines informativos. No vincula en modo alguno a la Comisión. La Comisión tampoco asume la responsabilidad de los enlaces a sitios web de terceros, que se proporcionan aquí solo como cortesía a los usuarios.

Informes de transparencia

A partir del 17 de febrero de 2024, y al menos una vez al año, todos los prestadores de servicios intermediarios deberán publicar informes sobre su moderación de contenidos. Los informes incluirán información sobre sus prácticas de moderación de contenidos, como el número de órdenes que recibieron de todas las autoridades judiciales o administrativas nacionales pertinentes, de qué medidas consisten sus prácticas de moderación de contenidos, el número de contenidos eliminados y la exactitud y tasa de error de sus sistemas automatizados de moderación de contenidos. Además, losproveedores de alojamiento de datos deben facilitar el número de avisos recibidos de usuarios y alertadores fiables, mientras que las plataformas en línea también deben proporcionar información sobre las soluciones extrajudiciales de litigios y el número de suspensiones impuestas a los usuarios por mal uso de sus servicios. 

Teniendo en cuenta los riesgos adicionales relacionados con sus actividades, su tamaño e impacto y sus obligaciones adicionales en virtud del presente Reglamento, se aplicarán nuevos requisitos de transparencia a los VLOP y a los VLOSE. En particular, los VLOP y los VLOSE deben publicar sus informes de transparencia al menos cada seis meses. Los informes también deben incluir información sobre sus equipos de moderación de contenidos, incluidas sus cualificaciones y conocimientos lingüísticos. Los VLOP y los VLOSE designados el 25 de abril tuvieron que publicar sus primeros informes de transparencia a más tardar dos meses después de la fecha de aplicación de la DSA.

Por lo tanto, a finales de octubre de 2023, VLOP y VLOSEs publicaron sus primeros informes de transparencia:

Aliexpress Amazonía Apple Store
Bing   Booking.com Servicios de Google
LinkedIn Meta Servicios Pinterest
Snapchat  TikTok Zalando
Wikipedia X  

Para proporcionar orientaciones al respecto y garantizar que los informes de transparencia de los proveedores sean comparables, la ASD está adoptando un acto de ejecución por el que se establecen plantillas para los informes de transparencia, incluidos los períodos de notificación armonizados.

Publicación del promedio mensual de los números de usuario

La DSA exige que todos los proveedores de plataformas en línea, excepto las pequeñas empresas y las microempresas, publiquen el número de usuarios mensuales de sus servicios en la UE y lo actualicen cada seis meses. Esta obligación entró en vigor el 17 de febrero de 2023. Los datos procedentes de esta autoevaluación fueron fundamentales para designar las primeras plataformas operativas muy grandes (VLOP) y motores de búsqueda en línea muy grandes (VLOSEs) y seguirán siendo importantes en el seguimiento del panorama de los proveedores de servicios intermediarios. La Comisión podrá utilizar también otra información de que disponga al supervisar el número de usuarios mensuales de servicios de plataforma en la UE.

Base de datos de transparencia de DSA y declaración de razón

Desde finales de agosto, Very Large Online Platforms (VLOP) debe informar a los usuarios cada vez que eliminen o restrinjan el acceso a su contenido y explicar las razones detrás de cada decisión de moderación a los usuarios afectados en una «declaración de motivos». Las declaraciones de motivos deben contener información clara y específica, especificando los motivos, y una referencia legal o de términos de servicio basada en la cual el contenido fue eliminado o restringido. Una vez que la DSA esté plenamente en vigor en febrero de 2024, la obligación de proporcionar a los usuarios declaraciones de razones que expliquen las decisiones de moderación de contenido se aplicará a todos los servicios de alojamiento de datos.

El 25 de septiembre, la Comisión lanzó la Base de Datos de Transparencia de la DSA, que recopila y pone a disposición del público declaraciones de motivos casi en tiempo real para permitir el escrutinio de las decisiones de moderación de contenidos de los proveedores de plataformas en línea. Todos pueden acceder al sitio web de la Base de Datos de Transparencia de DSA y buscar, leer y descargar las declaraciones de razones publicadas allí. 

Antes de presentar sus declaraciones de motivos a la Base de Datos de Transparencia de DSA, las plataformas en línea, actualmente solo VLOP, deben asegurarse de que no contienen datos personales.

Una vez que la DSA esté plenamente en vigor el 17 de febrero de 2024, todas las plataformas en línea deberán presentar todas sus exposiciones de motivos a la base de datos de transparencia de la DSA. 

Acceda a la base de datos de transparencia de la DSA

Acceso a los datos para los investigadores, los coordinadores de servicios digitales y la Comisión

La DSA establece la obligación de los VLOP y los VLOSE de dar acceso a determinados datos con el fin de llevar a cabo investigaciones que contribuyan a la detección, identificación y comprensión de los riesgos sistémicos en la UE, así como a la evaluación de la adecuación, la eficiencia y los impactos de las medidas de reducción del riesgo adoptadas por dichos proveedores.

El acceso a los datos será posible para:

  • Los coordinadores de servicios digitales del Estado miembro en el que esté establecido un proveedor de un VLOP o vlose y la Comisión con el fin de supervisar y evaluar el cumplimiento de la Ley de Servicios Digitales.
  • Investigadores examinados que cumplan los criterios establecidos en el Reglamento, tras una evaluación realizada por el coordinador de servicios digitales pertinente. Los investigadores se beneficiarán del acceso a los datos, a menudo incluyendo datos previamente no revelados o poco revelados, abriendo nuevas vías para la investigación y aumentando el potencial de generar conocimiento en beneficio de todos.
  • Los investigadores tendrán acceso a los datos disponibles al público, si cumplen las condiciones pertinentes (como la independencia de los intereses comerciales o la capacidad de mantener normas de seguridad adecuadas). Estos investigadores ya deben poder acceder hoy a los datos de acceso público a los VLOP/VLOSE sin la intermediación de coordinadores de servicios digitales para llevar a cabo investigaciones que contribuyan a la detección, identificación y comprensión de los riesgos sistémicos en la Unión.

Para especificar con más detalle el mecanismo de acceso a los datos para los investigadores examinados, la Comisión está trabajando en un acto delegado, que se espera para mediados de 2024, tras la consulta de la Junta de Coordinadores de Servicios Digitales y un período de retroalimentación pública. 

Informes de auditoría

Para evaluar el cumplimiento de las obligaciones de la DSA, los VLOP y los VLOSE deben estar sujetos, al menos una vez al año, a auditorías independientes. A más tardar tres meses después de la recepción de los informes de auditoría, los VLOP y los VLOSE publicarán su informe de auditoría junto con informes en los que se expongan los resultados de la evaluación del riesgo, las medidas de mitigación del riesgo aplicadas, la ejecución de la auditoría y la información sobre sus consultas que apoyaron la evaluación del riesgo y las medidas de mitigación del riesgo. La divulgación obligatoria de todos estos informes aportará una mayor transparencia y rendición de cuentas y ofrecerá una base para el escrutinio público. 

Con el fin de proporcionar orientación a los VLOP, los VLOSE y las organizaciones de auditoría, en octubre de 2023 la Comisión publicó un acto delegado en el que se detallaba el marco para la preparación y publicación de informes de auditoría e informes de ejecución de auditoría. 

Base de datos de términos y condiciones de servicios digitales

Los términos y condiciones en línea pueden ser una fuente de confusión y frustración. Pueden ser poco transparentes o poco específicos, y propensos a cambios frecuentes, dejando a los usuarios y las empresas en la oscuridad sobre sus derechos y obligaciones. Esta base de datos aprovecha las obligaciones de transparencia para los servicios digitales derivadas de la Ley de Servicios Digitales y del Reglamento P2B para aliviar esta cuestión. Almacena los términos y condiciones de más de 790 términos y condiciones de más de 400 servicios. Estas entradas incluyen una variedad de documentos como Términos comerciales, Términos para desarrolladores, Política en vivo, Términos de servicio, Política de privacidad y más. La base de datos revisa los contratos en su repositorio varias veces al día en la web y destaca automáticamente los nuevos cambios, lo que permite a los reguladores, investigadores y usuarios mantenerse al día con la evolución del panorama digital sin esfuerzo. 

Acceder a la Base de Datos de Términos y Condiciones de los Servicios Digitales
 

Contenidos relacionados

Visión general

Paquete de la Ley de Servicios Digitales

La Ley de Servicios Digitales y la Ley de Mercados Digitales tienen por objeto crear un espacio digital más seguro en el que se protejan los derechos fundamentales de los usuarios y establecer unas condiciones de competencia equitativas para las empresas.

Véase también

Consejo Europeo de Servicios Digitales

El Consejo Europeo de Servicios Digitales es un grupo consultivo independiente creado por la Ley de Servicios Digitales, con efecto a partir del 17 de febrero de 2024.

Coordinadores de Servicios Digitales

Los coordinadores de servicios digitales ayudan a la Comisión a supervisar y hacer cumplir las obligaciones establecidas en la Ley de Servicios Digitales.