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Configurar el futuro digital de Europa

Reglamento eIDAS

El Reglamento eIDAS facilita la seguridad de las transacciones transfronterizas mediante el establecimiento de un marco para la identidad digital y la autenticación. Su objetivo es crear confianza en las interacciones electrónicas y promover servicios digitales sin fisuras en la UE.

    Personas que usan una computadora de una manera confiable

El Reglamento sobre la identificación electrónica y los servicios de confianza fue un hito hacia la creación de un entorno reglamentario previsible. Su objetivo principal era infundir confianza en las transacciones electrónicas transfronterizas, mejorando al mismo tiempo la eficacia de los servicios en línea y las plataformas de comercio electrónico. Este Reglamento se dirige específicamente a la identificación electrónica (eID) y a los proveedores de servicios de confianza, con el objetivo de desmantelar las barreras existentes que obstaculizan el uso ininterrumpido de los servicios de confianza y el uso de la identificación electrónica en los Estados miembros de la UE.

Uno de los aspectos fundamentales del Reglamento eIDAS fue el establecimiento del reconocimiento mutuo de los documentos de identidad electrónicos expedidos por los países de la UE, siempre que cumplan los criterios reglamentarios especificados y hayan sido debidamente notificados a la Comisión. Este reconocimiento permite transacciones electrónicas seguras al garantizar que una identificación electrónica emitida en un Estado miembro sea válida y reconocida en todos los demás. En particular, el reconocimiento mutuo es obligatorio para las identificaciones electrónicas que cumplan determinados niveles de garantía, lo que racionaliza las interacciones transfronterizas y refuerza la confianza en los servicios en línea.

El Reglamento eIDAS establece la interoperabilidad de los sistemas nacionales de identificación electrónica entre los Estados miembros de la UE. Esto requiere el desarrollo de un marco tecnológicamente neutro que no favorezca ninguna solución técnica particular para la implementación de la identificación electrónica. Se han establecido normas técnicas y de procedimiento para facilitar la cooperación entre los países de la UE, con el fin de garantizar un intercambio continuo de datos de identificación electrónica y fomentar un ecosistema digital coherente en toda la UE.

Al mismo tiempo, eIDAS creó unas condiciones de competencia equitativas para una serie de servicios de confianza, que se han convertido en indispensables en las cadenas de valor digitales actuales: Servicios de Entrega Registrada Electrónica (ERDS). Estos garantizan la entrega segura y confiable de mensajes electrónicos, datos o documentos y proporcionan evidencia del tiempo de envío, recepción e integridad del contenido.

Las personas físicas también pueden utilizar certificados para firmas electrónicas y consentimiento expreso. Al igual que los sellos electrónicos, estos certificados sirven para verificar la integridad y el origen de los datos, haciéndolos utilizables para transacciones automatizadas. Además, Electronic Time Stamping proporciona sellos de tiempo de confianza, que pueden ser beneficiosos para fines legales, archivar y mantener la integridad de los datos. Los certificados de autenticación del sitio web verifican aún más el origen de los sitios web y garantizan una comunicación segura entre el navegador y el sitio web.

El concepto de servicios de confianza «cualificados» también se introduce en el Reglamento eIDAS. Estos servicios deben cumplir los requisitos legales y ser reconocidos en todos los Estados miembros de la UE. En 2021, la Comisión propuso nuevos servicios de confianza cualificados para el archivo electrónico, los registroselectrónicos y la gestión de firmas y sellos a distancia. Al mismo tiempo, eIDAS estableció un mercado interior europeo para estos servicios de confianza cualificados, garantizando que funcionen sin problemas a través de las fronteras y tengan el mismo estatuto jurídico que sus equivalentes tradicionales en papel.

De conformidad con el Reglamento eIDAS, la Comisión ha adoptado una serie de medidas para delimitar las disposiciones procedimentales,lasespecificaciones técnicasy los requisitos operativos para la identificación electrónica y los servicios de confianza. Estas incluyen especificaciones para la marca de confianza de la UE,requisitos técnicospara los niveles de garantía de los medios deidentificación electrónica, formatos de listasde confianza yprocedimientos de notificación de sistemas de identificación electrónica. Estas directrices globales son fundamentales para promover la armonización y la interoperabilidad entre los diversos sistemas nacionales de identificación electrónica dentro de la UE.

Beneficios de eIDAS

Con eIDAS, la UE ha logrado establecer las bases adecuadas y un marco jurídico claro para que las personas, las empresas y las administraciones públicas accedan de forma segura a los servicios y realicen transacciones en línea. De hecho, el despliegue de eIDAS supone una mayor seguridad y mayor comodidad para cualquier actividad en línea, como la presentación de declaraciones fiscales, la inscripción en una universidad extranjera, la creación de una empresa en otro Estado miembro, las licitaciones en línea. En el futuro, los usos se extenderán a la autenticación de pagos por Internet y la apertura remota de una cuenta bancaria.

eIDAS aporta beneficios a las empresas, los ciudadanos y los servicios gubernamentales europeos. Descargue las infografías a continuación para explorar cómo eIDAS puede beneficiarlo.

Revisión del Reglamento eIDAS

A pesar de sus beneficios, el marco eIDAS se enfrentó a retos, incluidas discrepancias entre los Estados miembros en el desarrollo y la interoperabilidad de los sistemas nacionales de identificación electrónica. En julio de 2020, la Comisión inició una consulta para recabar información sobre los factores impulsores y los obstáculos al desarrollo y la adopción de los servicios de confianza en la identificación electrónica en la UE.

Los resultados de la consulta incluyen información de diversas partes interesadas, como empresas, instituciones académicas, autoridades públicas y asociaciones. Abordaron temas como la naturaleza de la identidad digital, la necesidad de múltiples identidades digitales, la ampliación del uso de la identificación digital al sector privado, la mejora del marco eIDAS, la armonización de las certificaciones y los requisitos de seguridad, la ampliación de los marcos transfronterizos para las identidades digitales de confianza y la solución de cuestiones de armonización jurídica relacionadas con las firmas electrónicas. En general, las partes interesadas expresaron su apoyo a las medidas para mejorar la eficacia, la accesibilidad y la fiabilidad de las identidades digitales en toda Europa.

Para subsanar estas deficiencias, en 2021 la Comisión propuso un nuevo Reglamento por el que se establece un marco para la identidad digital europea y se modifica el Reglamento eIDAS.

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Más información sobre eIDAS

El programa de conocimiento y aprendizaje eIDAS proporciona información y asistencia a las empresas sobre el uso de la identificación electrónica (eID) y los servicios de confianza.

Observatorio eIDAS

El Observatorio eIDAS es un grupo de partes interesadas que debaten cuestiones relacionadas con el Reglamento eIDAS y facilitan los servicios de confianza transfronterizos y la identificación electrónica.

Véase también

Listas de confianza de la UE

Los Estados miembros tienen la obligación de establecer, mantener y publicar listas de confianza de proveedores de servicios de confianza cualificados y de los servicios prestados por ellos.

Marca de confianza de la UE

La marca de confianza de la UE indica a los usuarios que pueden confiar en un determinado servicio en línea para llevar a cabo sus transacciones en línea de manera segura, conveniente y segura.