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Grupo de Cooperación NIS

El Grupo de Cooperación sobre Redes y Sistemas de Información fue creado por la Directiva SRI para garantizar la cooperación y el intercambio de información entre los Estados miembros.

    Logotipo del grupo de cooperación NIS

Sobre el Grupo de Cooperación NIS

La misión general del Grupo es lograr un alto nivel común de seguridad para las redes y los sistemas de información en la Unión Europea. Apoya y facilita la cooperación estratégica y el intercambio de información entre los Estados miembros de la UE. Las tareas del Grupo de Cooperación SRI se describen explícitamente en el artículo 11 de la Directiva SRI.

El Grupo de Cooperación NIS funciona con arreglo a la Decisión de Ejecución de la Comisión Europea de 1 de febrero de 2017 y sigue su propio reglamento interno (.pdf).La Comisión Europea actúa como secretaría del Grupo. El Grupo de Cooperación se reúne periódicamente. La Comisión Europea publica el orden del día de todas las reuniones de cooperación NIS.

En el aspecto operativo, el Grupo de Cooperación NIS cuenta con el apoyo del trabajo de la red de equipos de respuesta a incidentes de seguridad informática (CSIRT), dedicados a compartir información sobre riesgos y amenazas en curso, y a cooperar en incidentes específicos de ciberseguridad. La red CSIRT se creó en virtud del artículo 12 de la Directiva SRI, que también define su papel. El Grupo de Cooperación NIS proporciona orientación estratégica para las actividades de la red de CSIRT.

El Grupo de Cooperación de los SRI también está colaborando estrechamente con la Red Europea de Cooperación en materia de Elecciones para contrarrestar las amenazas a los procesos electorales en el marco de un nuevo mecanismo operativo conjunto creado como parte del Plan de Acción para la Democracia Europea.

Miembros

El Grupo de Cooperación NIS está compuesto por representantes de los Estados miembros de la UE, la Comisión Europea y la Agencia de la UE para la ciberseguridad (ENISA). La Presidencia es ocupada por el Estado miembro que ejerce la Presidencia del Consejo de la Unión Europea (UE).

Cada Estado miembro de la UE ha designado un único punto de contacto (.pdf) sobre la seguridad de las redes y los sistemas de información que es responsable de garantizar la cooperación transfronteriza con otros Estados miembros y con el Grupo de Cooperación.

Publicaciones

Entre los principales resultados del Grupo de Cooperación SRI, existen directrices no vinculantes para los Estados miembros de la UE para permitir la aplicación efectiva y coherente de la Directiva SRI en toda la UE y abordar cuestiones más amplias de política de ciberseguridad.

Desde su creación, el Grupo ha publicado los siguientes documentos:

El grupo también ha publicado documentos relacionados con la ciberseguridad de las redes 5G:

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Visión general

Directiva relativa a las medidas para un alto nivel común de ciberseguridad en toda la Unión (Directiva SRI2)

La Directiva NIS2 es la legislación a escala de la UE sobre ciberseguridad. Proporciona medidas legales para aumentar el nivel general de ciberseguridad en la UE.

Véase también

Estado de la transposición de la Directiva SRI

La Comisión, junto con la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea, colabora estrechamente con los Estados miembros para garantizar la transposición de la Directiva SRI a la legislación nacional.