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Configurar el futuro digital de Europa

Derecho de la UE en materia de derechos de autor

La legislación de la UE en materia de derechos de autor consta de 13 directivas y 2 reglamentos, que armonizan los derechos esenciales de los autores, artistas intérpretes o ejecutantes, productores y organismos de radiodifusión.

Al establecer normas armonizadas, la legislación de la UE en materia de derechos de autor reduce las discrepancias nacionales y garantiza el nivel de protección necesario para fomentar la creatividad y la inversión en creatividad. Unas normas armonizadas promueven la diversidad cultural y mejoran el acceso de los consumidores y las empresas a los contenidos y servicios digitales en toda Europa. 

El acervo de la UE

El marco regulador de la UE para los derechos de autor y derechos afines (acervo)consiste en:

  • Directiva relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información («DirectivaInfoSoc»),22 de mayo de 2001
  • Directiva sobre derechos de alquiler y préstamo y sobre determinados derechos afines a los derechos de autor en el ámbito de la propiedad intelectual («Directivasobre alquiler y préstamo»),12 de diciembre de 2006
  • Directiva sobre el derecho de participación en beneficio del autor de una obra de arte original («Directivasobre el derecho de participación»),27 de septiembre de 2001
  • Directiva sobre la coordinación de determinadas normas relativas a los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor aplicables a la radiodifusión por satélite y ala retransmisión por cable («Directiva sobre satélite y cable»),27 de septiembre de 1993
  • Directiva relativa a la protección jurídica de programas de ordenador («Directivasobre programas informáticos»),23 de abril de 2009
  • Directiva relativa al respeto de los derechos de propiedad intelectual («DirectivaIPRED»),29 de abril de 2004
  • Directiva relativa a la protección jurídica de las bases de datos («Directivasobre bases de datos»),11 de marzo de 1996
  • Directiva relativa al plazo de protección del derecho de autor y de determinados derechos afines, por la que se modifica la anterior Directiva de 2006 («Directivarelativa al plazo»),27 de septiembre de 2011
  • Directiva sobre determinados usos autorizados de las obras huérfanas («Directivasobre obras huérfanas»),25 de octubre de 2012
  • Directiva relativa a la gestión colectiva de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor y a la concesión de licencias multiterritoriales de derechos sobre obras musicales para su uso en línea en el mercado interior («Directivasobre materias primas fundamentales»),26 de febrero de 2014
  • Directiva relativa a determinados usos permitidos de determinadas obras y otras prestaciones protegidas por derechos de autor y derechos afines en beneficio de personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso (Directivapor la que se aplica el Tratado de Marrakech en la UE),13 de septiembre de 2017
  • Reglamento relativo al intercambio transfronterizo entre la Unión y terceros países de ejemplares en formato accesible de determinadas obras y otras prestaciones protegidas por derechos de autor y derechos afines en beneficio de personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso (Reglamentode aplicación del Tratado de Marrakech en la UE),13 de septiembre de 2017
  • Reglamento sobre la portabilidad transfronteriza de los servicios de contenidos en línea en el mercado interior («Reglamentosobre portabilidad»),14 de junio de 2017
  • Directiva sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital («DirectivaMUD»),17 de abril de 2019
  • Directiva relativa al ejercicio de los derechos de autor y derechos afines aplicables a determinadas transmisiones en línea de organismos de radiodifusión y a las retransmisiones de programas de radio y televisión («Satélitey cable II»),17 de abril de 2019

Tres instrumentos adicionales (Directiva87/54/CE, Decisión 94/824/CE  del Consejo y Decisión 96/644/CE del Consejo)armonizan la protección jurídica de las topografías de los productos semiconductores. Además, la Directiva sobre el comercio electrónico y la Directiva sobre el acceso condicional también contienen disposiciones pertinentes para el ejercicio y la aplicación de los derechos de autor.

El objetivo general de los esfuerzos de armonización de la UE es permitir que los bienes y servicios protegidos por derechos de autor (por ejemplo, libros, música, películas, programas informáticos, etc.) y los servicios (por ejemplo, los servicios que ofrecen acceso a estos bienes) circulen libremente dentro del mercado interior.

El marco internacional

Muchas de las directivas de la UE reflejan las obligaciones de los Estados miembros en virtud del Convenio de Berna y del Convenio de Roma, así como las obligaciones de la UE y de sus Estados miembros en virtud del Acuerdo sobre los ADPIC de la Organización Mundial del Comercio y de los dos Tratados sobre Internet de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI)de 1996 (el Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor y el Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas).

En los últimos años, la UE ha firmado otros dos Tratados de la OMPI: el Tratado de Beijing sobre la protección de las interpretaciones o ejecuciones audiovisuales y el Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso.

Además, los acuerdos de libre comercio, que la UE celebró con un gran número de terceros países, reflejan muchas disposiciones del Derecho de la UE.

Aplicación del marco de la UE

La Comisión supervisa la aplicación oportuna y correcta de la legislación de la UE en materia de derechos de autor y, en los últimos años, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha desarrollado un corpus jurisprudencial sustantivo que interpreta las disposiciones de las Directivas.

Esto ha contribuido significativamente a la aplicación coherente de las normas sobre derechos de autor en toda la UE.

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